Protocolo (v2.1) prevención COVID19

PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN DE CONTAGIOS POR COVID – 19 EN ACTIVIDADES, ENTRENAMIENTOS, COMPETICIONES Y EVENTOS DEL CLUB DEPORTIVO COLEGIO CLARET

 

25 de octubre de 2020

Versión 2.1.

 

Agradecimientos y colaboración:

www.clcsport.es

 

 

 

 

1. TITULO

Protocolo relativo a la protección y prevención de la salud frente al SARS-CoV-2 (COVID-19) en actividades del Club Deportivo Colegio Claret, en las instalaciones deportivas del colegio San Antonio María Claret de Sevilla, sito en la avenida Padre García Tejero nº 8.

 

2. ÁMBITO

    1. Modalidades deportivas, especialidades y categorías que abarca:
      • Deportes y/o actividades: fútbol, fútbol sala, baloncesto, voleibol, hockey, patinaje, gimnasia deportiva, gimnasia rítmica, flamenco y kárate.
      • Otras actividades: actividades de fitness para padres/madres, competición de liga de fútbol sala y competición de liga de fútbol 7.
      • Categorías: categoría bebé o minibenjamín, prebenjamín, benjamín, alevín, infantil, cadete, juvenil, senior y veteranos.
      • Instalaciones: Pabellón polideportivo, pabellón semidescubierto, pistas polideportivas aire libre y campo de fútbol de césped artificial.
    2. Riesgos de la actividad para todas las categorías en las siguientes especialidades:
      • Fútbol-11 y 7: Deporte con contacto físico moderado o limitado, donde no se requiere expresamente que se produzca el mismo entre deportistas para su desarrollo, pero puede darse levemente durante su práctica, o a través de la disputa del balón, siendo las reglas de juego las limitadoras y sancionadoras del mismo. Se practica en instalaciones al aire libre o (raramente) cubiertas, profesional o no profesional, con o sin espectadores (aforo regulado según normativa vigente de las autoridades competentes), en el que la participación máxima de deportistas por ciclo de entrenamiento será de: 25 deportistas.
      • Fútbol Sala: 2. Fútbol Sala: Deporte con contacto físico moderado o limitado, donde no se requiere expresamente que se produzca el mismo entre deportistas para su desarrollo, pero puede darse levemente durante su práctica, o a través de la disputa del balón, siendo las reglas de juego las limitadoras y sancionadoras del mismo. Se practica en instalaciones cubiertas o al aire libre, profesional o no profesional, con o sin espectadores (aforo regulado según normativa vigente de las autoridades competentes), en el que la participación máxima de deportistas por ciclo de entrenamiento será de: 25.
      • Baloncesto: Deporte con contacto físico moderado o limitado, toda vez que puede producirse el mismo en momentos puntuales del juego como consecuencia de la disputa del balón, siendo las reglas de juego las limitadoras y sancionadoras de los supuestos es que se pueda producir. Se practica en instalaciones cubiertas o al aire libre, profesional o no profesional, con o sin espectadores (aforo regulado según normativa vigente de las autoridades competentes), en el que la participación máxima de deportistas por ciclo de entrenamiento será de: 20 jugadores y 4 técnicos.
      • Voleibol: Deporte de contacto limitado y controlable, donde no se requiere entre deportistas para su desarrollo, pero puede darse levemente durante su práctica, o a través del balón. Se práctica en instalaciones cubiertas y descubiertas, con o sin espectadores (aforo regulado según normativa vigente de las autoridades competentes), en el que la participación máxima de deportistas por ciclo de entrenamiento será de: 15, a falta de confirmación por la federación correspondiente.
      • Hockey y escuela de patinaje: Deporte con contacto físico moderado o limitado, donde no se requiere expresamente que se produzca el mismo entre deportistas para su desarrollo, pero puede darse levemente durante su práctica, o a través de la disputa del balón, siendo las reglas de juego las limitadoras y sancionadoras del mismo. Se practica en instalaciones al aire libre o cubiertas, profesional o no profesional, con o sin espectadores (aforo regulado según normativa vigente de las autoridades competentes), en el que la participación máxima de deportistas por ciclo de entrenamiento será de: 15, a falta de confirmación por la federación correspondiente.
      • Gimnasia Rítmica, gimnasia deportiva, kárate y flamenco: Deporte/actividades con contacto moderado, leve o nulo, donde no se requiere contacto extremo entre deportistas para su desarrollo, pero puede darse levemente durante su práctica. Se realizan en instalaciones cubiertas, cerradas pero con buena ventilación para su correcto desarrollo, en el que la participación máxima de deportista por ciclo de entrenamiento será de: 15.

 

3. OBJETIVO:

    1. Prevención y mitigación de los contagios de la COVID 19, durante el desarrollo de los entrenamientos y/o partidos en la competiciones y eventos organizados, que se desarrollen en la instalación deportiva del colegio San Antonio Mª Claret, cuyo promotor de dichas actividades, sea el Club Deportivo Colegio Claret.
    2. Establecer las medidas de obligado cumplimiento, con carácter de mínimos, que deben instaurarse y respetarse para el desarrollo de entrenamientos, actividades o eventos que el Club Deportivo Colegio Claret, desarrolle en las instalaciones del colegio San Antonio Mª Claret, por parte de deportistas, técnicos y entrenadores, padres y demás deportistas visitantes, en el ámbito de las instalaciones deportivas de nuestro colegio, sean del ámbito que sean (federativos, escuelas católicas, competición municipal o deportistas sin competición).
    3. Las medidas que se reflejan en este protocolo siempre estarán condicionadas a las normas e indicaciones que se emitan por las autoridades competentes a todos los niveles, las cuales prevalecerán.

 

4. PROMOTORES DEL PROTOCOLO:

    • CLUB DEPORTIVO COLEGIO CLARET

 

5. COORDINADOR DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN DE LAS MEDIDAS COVID-19.

 

Definición: persona responsable de la ejecución, supervisión y control de este protocolo que tendrá las siguientes funciones:

  1. “Garantizará que las actividades se disputen a puerta cerrada, y que se lleve a cabo el control del acceso de las personas exclusivamente a aquellas que hayan sido autorizadas” adoptando las medidas necesarias en los “puntos de acceso y control del flujo de personas para evitar aglomeraciones de personas en entrada, salida, salas de espera, etc”.
  2. Garantizará la sectorización de la instalación.
  3. Implementación de las medidas de carácter sanitario que se determinen, entre ellas:
    • Custodia, cierre o sellado de la zona deportiva una vez limpiada y desinfectada hasta la llegada de otro grupo de entrenamiento.
    • Garantizará el control de acceso, registro de personas, sometiendo a todas ellas que accedan a la toma de temperatura y desinfección de manos con gel hidroalcohólico. La instalación contará con un registro diario del control de entrada (hora de entrada y salida de usuarios y obligación de conservar el registro durante 14 días), registro de incidencias, turnos de desinfección, protocolo acceso a la instalación (limpieza de manos, uso obligatorio de mascarilla) y pondrá a disposición material de desinfección. En los casos de la toma de temperatura mediante dispositivo sin contacto y registro de acceso se deberá tener en cuenta las medidas de protección de datos (LOPDGDD).
  1. Se mantendrá la zona deportiva siempre con el menor número de personas.
  2. Aquellos que requieran acceso puntual una vez que finalice su cometido abandonarán la zona y mientras se encuentren en ella portarán mascarilla.
  3. El personal auxiliar y de seguridad que preste servicio en el encuentro portará mascarilla en todo momento.
  4. Dispondrá de indicaciones para mantener la distancia social de seguridad, cartelería informativa distribuida por las zonas de práctica deportiva, entrada, aseos, vestuarios y principales zonas de paso.
  5. En el caso de las medidas en vestuarios se reducirá el aforo de los mismos. Para que no se superen el aforo de duchas y vestuarios se organizará su distribución de forma que se pueda mantener la distancia interpersonal mínima de seguridad, deberán distribuir espacios específicos para ropa usada, y turnos de duchas, así como delimitar la zona donde deberá esperar el resto del equipo hasta su turno para el uso de duchas o vestuarios, manteniendo esta zona liberada de otras personas. En aseos de hasta 4 metros cuadrados sólo podrá acceder una persona, salvo que requiera asistencia. En los mayores de 4 metros cuadrados se limitará el aforo al 50% de las cabinas o WC. Se deberá desinfectar los vestuarios según cada uso por grupo de entrenamiento, aun así, se recomienda, si es posible, no realizar el uso de vestuarios para los entrenamientos.
  6. El Responsable de Prevención COVID19 será el canal de comunicación para con los responsables de la instalación, club, y en su caso las autoridades. Deberá recibir una formación e información oportuna y velar porque el resto de personas implicadas tengan información oportuna y completen la documentación en cada caso. Primará el cumplimiento de las medidas sanitarias sobre cualquier otra incluyendo a las deportivas.

 

PROPUESTA COMISIÓN COVID:

  1. RESPONSABLES: Juan Manuel Delgado Pérez y Jesús Duarte Palomo
  2. MIEMBRO JUNTA DIRECTIVA: Adolfo de los Santos
  3. MIEMBRO JUNTA DIRECTIVA: Miguel Delgado Ruiz
  4. REPRESENTANTE DE APA: Pilar Garrido Granados.

 

6. MEDIDAS PARA TRABAJADORES Y TÉCNICOS DEPORTIVOS.

  • Higiene de manos:
    • Lavado frecuente de manos con gel hidroalcohólico (en proporción 70% alcohol y 30% agua), hidrogel o similar.
    • Colocación de dispensadores a la entrada (uno exclusivo para trabajadores) y en los vestuarios
    • Colocación de cartelería sobre lavado correcto de manos.
  • Uso obligatorio de mascarillas: Obligatorio para todos nuestros trabajadores y técnicos.
  • Distanciamiento social: al menos, 1’5 metros.
  • Uso de EPIS: los trabajadores deberán usar adecuadamente los materiales de protección que se le entreguen.
  • Oficinas: con cita previa y fomento de uso de medios telemáticos.
    • Cumplir aforos (máximo 3 personas siempre que se permita distancia de 1’5 m.)
    • Mantener ventilación durante y tras reunión.
  • Cumplimiento normas de Etiqueta Respiratoria:
    • Toser/estornudar en parte interior del codo
    • Uso de pañuelos desechables y tirarlos en papelera de tapa y pedal.
    • No tocarse la cara y ojos con la mano.
    • No realizar saludos que impliquen contacto físico.
  • Toma de temperaturas: no accederán si la temperatura superior a 37’5º centígrados.
  • No compartir objetos personales: En caso de uso compartido deberá de realizarse desinfección.
  • Rellenar Declaración Responsable (entrenadores/as y técnicos/as).
  • Cumplir con las medidas establecidas para los centros de Trabajo.

 

7. MEDIDAS PARA DEPORTISTAS Y ACOMPAÑANTES:

 

  • Control médico: El club no cuenta con servicio médico, por ello y por dictamen de la resolución del CSD del 4 de mayo de 2020, todos los deportistas tendrán que realizar un examen médico previo a la actividad, para que les examine y les aconseje a lo largo de todas las fases de la reincorporación, o en su defecto un profesional con experiencia médica acreditada en el deporte.
  • Rellenar documentación para inicio de la actividad: deportistas y acompañantes.
    • Formulación de Localización de Personal (FLP)
    • Declaración responsable para el inicio de los entrenamientos.
  • Información continuada al Club sobre estado de salud:
    • Informar sobre posible sintomatología
    • Informar si se ha estado en contacto con personas contagiadas.
    • NO ACUDIR A LOS ENTRENAMIENTOS/COMPETICIONES ni acceder a la instalación si se tienen síntomas o se hay sospechas sobre contacto con posibles contagiados
  • Acceso a la instalación:
    • No acceso si se presentan síntomas por COVID o por otras patologías respiratorias.
    • Entradas escalonadas y graduales (turnos), respetando los itinerarios marcados en el suelo.
    • Instalación de alfombrillas desinfectantes.
    • Toma de temperatura a los deportistas y acompañantes
    • Colocación de marcas en el suelo para respetar distancia de seguridad
  • Higiene de manos, realizado de forma correcta (duración de al menos 30 segundos), con hidrogel o similar de forma y manera frecuente:
    • Al acceder a la instalación.
    • Antes y después de cada entrenamiento.
  • Estaciones o puntos de higiene en los accesos a los campo/pistas o aulas. La estación dispondrá de:
    • Gel hidroalcohólico o similar
    • Caja pañuelos desechables
    • Pulverizadores hidroalcohólicos y paño para limpieza de balón o materiales
    • Papelera con tapa y pedal.
  • Distanciamiento social: de al menos 1’5 metros.
  • Uso de mascarillas. Solo excusadas cuando la naturaleza de las actividades deportivas lo impida (Artículo 6 del RDL 21/2020 y Orden de 14 de junio de 2020 de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía).
    • Cumplimiento normas de Etiqueta Respiratoria:
      • Toser/estornudar en parte interior del codo
      • Uso de pañuelos desechables y tirarlos en papelera de tapa y pedal.
      • No tocarse la cara y ojos con la mano.
      • No realizar saludos que impliquen contacto físico.
  • Material deportivo: limpieza y desinfección tras cada uso y prohibición de compartirlo.
  • Prohibido compartir bebidas o alimentos (botellas de al menos 1 litro y con nombre)
  • Minimizar contacto de ropa en los vestuarios.
  • Zonas numeradas de colocación de mochilas
  • Compromiso de cumplimiento de las medidas de protección e higiene en el ámbito personal, familiar y social y cumpliendo todos los protocolos y normas fijadas por las autoridades.
  • MEDIDAS DE AFORO: No se permite asistencia de público a los entrenamientos.
  • Solo en caso de menores se permitirá, por causa motivada, un adulto por menor que tendrá que ubicarse en la zona acotada (no deportiva), cumpliendo todas las medidas de seguridad y rellenando la documentación pertinente.
  • En categorías de deportistas menores de 2º de educación primaria, a partir de octubre, se pondrán monitores o padres voluntarios (máximo 2 por grupo de entrenamiento) para que recojan a los deportistas y lo lleven a la instalación deportiva en cuestión, cambiados.

 

8. MEDIDAS RELATIVAS PARA ENTRENAMIENTOS Y ACTIVIDADES:

  • No se permitirá acceso de público a los entrenamientos
  • No acceder a la instalación ni actividad deportiva en caso tener síntomas compatibles con el COVID19 o haber estado en contacto con personas o grupos infectadas.
  • Cumplir normas de acceso a la instalación y rellenar documentación exigida
  • PERSONAS QUE PUEDEN ACCEDER A LA ACTIVIDAD DEPORTIVA DE ENTRENAMIENTOS:
    • DEPORTISTAS: aforo máximo de 25 participantes.
    • ORGANIZACIÓN: personal de mantenimiento y organización de la instalación. Será el mínimo indispensable.
    • PERSONAS DEL CLUB QUE NO SEAN CUERPO TÉCNICO O FUTBOLISTAS CON LICENCIA Y SEGURO DEPORTIVO: se ubicarán en la grada (zona señalizada y acotada) y guardarán distancia de seguridad, portando en todo momento la mascarilla.
    • PERSONAL SEGURIDAD. Será el mínimo indispensable.
    • El Club Deportivo va adaptar su Reglamento de Régimen Interno, regulando sus sanciones a las nuevas restricciones impuestas para la prevención de la COVID-19 y ello sin perjuicio de poder denunciar antes las autoridades las posibles infracciones.
    • Se deberán de cumplir los carriles de circulación por la instalación y respetar todos los aforamientos de las zonas comunes.
  • USO DE MASCARILLA EN ENTRENAMIENTOS:
    • Cadetes o menores (TODOS los deportistas nacidos entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2017): Mascarilla obligatoria durante el entrenamiento en el que no pueda respetarse la distancia de seguridad, adecuando cada entrenador la intensidad de los ejercicios para poder mantener la mascarilla durante los mismos. En competiciones federadas los entrenadores podrán recomendar quitárselas debido a la intensidad del ejercicio.
    • Juveniles y sénior (nacidos en desde el 31 de diciembre de 2004 o antes): Mascarilla obligatoria para los no federados, siendo opcional y altamente recomendable para los federados.
  • PRÁCTICA EN GRUPOS DE 6 DEPORTISTAS:
    • Para equipos en competición federada: se recomienda a los entrenadores realizar los entrenamientos en subgrupos de máximo 6 deportistas, no siendo esto de obligado cumplimiento, ya que así lo marcan las citadas órdenes y protocolos actuales.
    • Para el resto de equipos no federados o grupos de no competición: será de obligado cumplimiento el trabajo en conjunto de 6 deportistas.

 

9. PLAN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS:

  • Chequear y revisar el cumplimiento de las medidas de higiene y protección conforme a la Lista de Verificación, donde se contienen los puntos de actuación que debe de disponer el Club y las actuaciones a revisar y controlar.
  • Garantizar la limpieza y desinfección de todas las instalaciones antes de la llegada de los deportistas y del personal del Club, siguiendo las recomendaciones sanitarias de desinfección e higiene.
  • Realizar limpieza y desinfección de los materiales usados en la actividad.
  • Velar por el debido uso de los EPIs y medidas de protección en las tareas de limpieza y desinfección.
  • Sectorizar la instalación. Crear zonas de acceso exclusivo:
    • Zona deportiva: abarca el acceso de deportistas y árbitros, vestuarios y terreno de juego.
    • Zona de organización y servicios: abarca la totalidad de la instalación incluyendo exteriores, pero siempre con accesos restringidos y únicamente permitidos con autorización en función de los servicios a desarrollar. Comprende personal como Organización, Vigilantes y Auxiliares de Seguridad, , Personal de Mantenimiento o Personal de Limpieza, entre otros.
    • Zona de grada o descanso: abarca la zona para personal del club o familiares autorizados.

 

 

10. MEDIDAS A IMPLEMENTAR EN LAS INSTALACIONES.

 

10.1.- Las medidas a implementar en las instalaciones se agruparán en dos apartados: medidas organizativas en las instalaciones; y medidas de limpieza y desinfección de la instalación. El Club o entidad Deportiva, de forma previa a la organización de las actividades de los entrenamientos deberá implementar las medidas que se establecen a fin de garantizar la mayor protección y prevención de contagios:

 

A. MEDIDAS ORGANIZATIVAS EN LAS INSTALACIONES:

 

Zonas de acceso de la instalación. Se adoptarán las siguientes medidas:

  • Información de las normas de la instalación. Ya sea con:
    • Cartelería informativa, accesible, legible y en lenguaje comprensible.
    • Información previa a sus usuarios/as inscritos: correos electrónicos, redes, hojas informativas, etc…
    • Megafonía: si disponen de megafonía, se recordará el cumplimiento de las normas de la instalación
  • Supresión sistemas de acceso que supongan contacto físico con algún material, tales como tornos o sistemas de huella dactilar.
    • Se habilitarán sistemas de acceso que eviten acumulación de personas y que cumpla con medidas de seguridad y protección sanitaria.
  • Acceso sólo de deportistas, entrenadores, delegados y equipo arbitral, acompañantes (en caso de menores o personas con discapacidad) o público que pueda asistir hasta completar aforo.
  • Listas de asistencia: se llevará el control de los asistentes a los entrenamientos y competiciones a fin de posibilitar las medidas de localización y rastreo en caso de contagio.
  • Medidas de control sobre las personas:
    • Control de temperatura. Se deberá disponer de mecanismo que controle la temperatura de los asistentes, no estando permitida la entrada a quien tenga o supere los 37’5o Centígrados de temperatura corporal.
    • Uso de Mascarillas. Todas las personas que accedan a las instalaciones para los entrenamientos y/o partidos de competición, si se llegara a autorizar este Protocolo, deberán llevar debidamente colocada la mascarilla protectora.
    • Distanciamiento social. Durante el proceso de acceso a la instalación se mantendrá en todo caso la distancia de seguridad de 1’5 metros, evitando en todo caso aglomeraciones a la entrada. De ser posible se señalizarán los espacios donde deben de colocarse las personas mientras esperan.
    • Desinfección de manos con hidrogel o solución hidroalcohólica. Para ello el Club o entidad deberá disponer de puntos de lavado con agua y jabón o dispensadores que permitan la limpieza de manos de los asistentes.
    • Desinfección de calzado a la entrada de la instalación, con dispositivos tales como alfombrillas desinfectantes o similares.
    • Cuestionarios COVID19 y Formularios de Localización Personal

 

 Medidas de Control de Aforo: los clubes y entidades deportivas tienen ahora la obligación de cumplir con las normas de aforamiento de participantes (deportistas y entrenadores), y de público. Para ello deben:

  • Conocer el aforo total de su instalación: para saber cuál es su máximo permitido y cuántos pueden acceder, especialmente en los supuestos en los que el aforo se condiciona a garantizar la separación de 1’5 metros.
  • Determinar con ello su aforo limitado: Cuantas personas pueden realmente acceder a la instalación o al campo o cancha.
  • Llevar el control de aforo: deberán disponer de un sistema de conteo y control de aforo y de asistentes para saber cuántas personas han entrado.
  • Publicar en las normas de la instalación el aforo máximo permitido.

 

Zonas comunes. Se adoptarán las siguientes medidas:

  • Establecer itinerarios de tránsito por la instalación, señalizando y balizando las rutas hacia el campo/s o pista/s, diferenciando trayectos de acceso y salida. En caso de un único camino, se diferenciarán dos carriles, siendo el de la derecha de acceso y el de la izquierda, para salida.
  • Uso de mascarilla, obligatoria para todas las personas durante los momentos de tránsito de las zonas comunes. Deberá ir siempre debidamente colocada tapando nariz y boca.
  • Distancia de seguridad interpersonal. Se mantendrá en todo momento la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1’5 metros.
  • Señalizar el suelo de la recepción y/o puestos de atención al público, con la distancia interpersonal de al menos 1’5 metros
  • Prohibición de pararse o formar corrillos en las zonas comunes. En cuanto se termine la actividad deportiva deberá abandonarse la instalación.
  • Fuentes y dispensadores de agua: cerrados y precintados.

 

Pistas y campos exteriores: Se implementarán las siguientes normas:

  • Solo accederán las personas autorizadas.
  • Habilitar zona para los acompañantes de los menores: para los entrenamientos se permitirá sólo uno por deportista que se ubicarán en zona habilitada con mascarilla y guardando siempre y en todo caso la distancia interpersonal de al menos 1’5 metros (ubicación zona no deportiva). Se evitará la formación de grupos y corrillos.
  • Señalizar y balizar zona de entrada a la pista y zona de salida del campo.
  • Entrada al campo o pista: Limpieza de manos y calzado. Deberá asegurarse que se accede con las manos limpias y calzado desinfectado. Para ello se colocará:
    • Un dispositivo para el lavado de manos con gel hidroalcohólico o hidrogel.
    • Un dispositivo para la limpieza y desinfección del calzado, a fin de intentar garantizar la mayor limpieza e higiene de la instalación.
  • Habilitar zona para colocación de mochilas, bolsas, botellas o toallas, que se ubicarán en zona aparte con la debida separación, individualizada, numerada y que permita una rápida y fácil limpieza a la finalización de la actividad deportiva.
  • Estación o Punto de Higiene en la cancha. Se deberá ubicar en un lugar de fácil acceso para todos los participantes (zona central), una o varias estación/es o mesas de higiene para que los/as deportistas puedan en cualquier momento realizar la limpieza de manos y cumplir las normas de etiqueta respiratoria. Esta mesa dispondrá de:
    • Hidrogel o solución hidroalcohólica o jabonosa.
    • Caja de Pañuelos desechables
    • Dispositivo pulverizador de solución hidroalcohólica (proporción 70% alcohol – 30% agua), y paño limpio para la desinfección del balón.
    • Papelera con tapa y pedal.
  • Se inhabilitarán y precintarán zonas o materiales innecesarios de la cancha.
    • En los entrenamientos, estará prohibido el uso de los banquillos, sillas de sustitución y mesa de anotación.
    • En las competiciones se inhabilitarán las sillas de sustitución.

 

Canchas o pistas de juego. Se implementarán las siguientes normas:

  • Solo accederán las personas autorizadas.
  • Habilitar zona para los acompañantes de los menores: para los entrenamientos se permitirá sólo uno por deportista que se ubicarán en zona habilitada con mascarilla y guardando siempre y en todo caso la distancia interpersonal de al menos 1’5 metros (ubicación zona no deportiva). Se evitará la formación de grupos y corrillos.
  • Señalizar y balizar zona de entrada a la pista y zona de salida de la pista.
  • Entrada a la cancha o pista: Limpieza de manos y calzado. Deberá asegurarse que se accede con las manos limpias y calzado desinfectado. Para ello se colocará:
    • Un dispositivo para el lavado de manos con gel hidroalcohólico o hidrogel.
    • Un dispositivo para la limpieza y desinfección del calzado, a fin de intentar garantizar la mayor limpieza e higiene de la instalación.
  • Habilitar zona para colocación de mochilas, bolsas, botellas o toallas, que se ubicarán en zona aparte con la debida separación, individualizada, numerada y que permita una rápida y fácil limpieza a la finalización de la actividad deportiva.
  • Estación o Punto de Higiene en la cancha. Se deberá ubicar en un lugar de fácil acceso para todos los participantes (zona central), una o varias estación/es o mesas de higiene para que los/as deportistas puedan en cualquier momento realizar la limpieza de manos y cumplir las normas de etiqueta respiratoria. Esta mesa dispondrá de:
    • Hidrogel o solución hidroalcohólica o jabonosa.
    • Caja de Pañuelos desechables
    • Dispositivo pulverizador de solución hidroalcohólica (proporción 70% alcohol – 30% agua), y paño limpio para la desinfección del balón.
    • Papelera con tapa y pedal.
  • Se inhabilitarán y precintarán zonas o materiales innecesarios de la cancha.
    • En los entrenamientos, estará prohibido el uso de los banquillos, sillas de sustitución y mesa de anotación.
    • En las competiciones se inhabilitarán las sillas de sustitución.

 

Bar, ambigú o servicio de restauración en la instalación. Se regirá por las normas específicas publicadas por las autoridades para bares o servicios de restauración.

 

Vestuarios y duchas. LOS VESTUARIOS Y DUCHAS ESTARÁN CERRADOS Y PRECINTADOS.

Aseos. Cuando esté permitido el uso se ajustará a las siguientes pautas:

  • Ocupación máxima en los ASEOS:
    • Para aseos de hasta 4m2: una sola persona, salvo que ésta haya de precisar asistencia, en cuyo caso se permitirá la utilización con su acompañante
    • Para aseos de más de 4m2, que cuenten con más de una cabina o urinario: la ocupación máxima será del 50% del número de cabinas y urinarios que tenga la estancia, debiendo mantenerse durante su uso la distancia de seguridad interpersonal de 1’5 metros.
  • HOJAS DE CONTROL DE LIMPIEZA. Se deberá llevar el control exhaustivo de las limpiezas en aseos con el correspondiente cuadrante, el cual estará en lugar público visible.

 

Salas del equipo arbitral (en su caso, de no poder asignarles un vestuario y si la capacidad lo permite). El tratamiento será similar al de una oficina. Se respetarán las siguientes normas:

  • Ocupación: se limitará al número de personas que permita garantizar el respeto a la distancia mínima interpersonal de, al menos, 1’5 metros.
  • Deberá de disponer de una mesa y silla, debidamente limpia y desinfectada antes del uso por el árbitro o equipo arbitral.
  • Acceso a red wifi: se recomienda se garantice en la Sala o en su defecto, en la instalación deportiva, acceso a red wifi o de datos móviles a fin de posibilitar la redacción del acta digital del encuentro, evitando uso de bolígrafos y papel.
  • Accesos de los delegados/as y otras personas: previa autorización del árbitro, y siempre con mascarilla y respetando distancia de seguridad.
  • HOJAS DE CONTROL DE LIMPIEZA. Se deberá llevar el control exhaustivo de las limpiezas en la sala del equipo arbitral con el correspondiente cuadrante, el cual estará en lugar público visible.

 

Gradas y accesos de espectadores:

  • Entrenamientos: no se permitirá la entrada de público.
  • Competiciones: no se permitirá la entrada de público. Sólo podrán entrar los equipos debidamente acreditados y que la propia competición requiera.

 

B. MEDIDAS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE LA INSTALACIÓN. El titular de la instalación o en su caso, el responsable del Club o entidad deportiva que sea usuaria de la misma durante los entrenamientos o competiciones, deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuada a las características y la intensidad de uso de las mismas. Deberán adoptarse las siguientes medidas, tanto generales como específicas para ciertos espacios:

 

Medidas Generales.

  • Planificar y organizar las tareas de limpieza y desinfección en función de los usos para los entrenamientos y competiciones y conforme a los principios establecidos en los principios generales (Aptdo. IV.8 de este Protocolo).
  • Determinar la/s persona/s o entidad que se ocupará de la limpieza y desinfección. Se debe garantizar la formación necesaria y suficiente para acometer la realización de las tareas de limpieza y desinfección de superficies que han estado en contacto potencial con COVID19. Usarán materiales de protección personal (EPIs) de forma adecuada, así como productos aptos para su utilización conforme a la lista publicada por el Ministerio de Sanidad. Los materiales empleados se desecharán debidamente en los puntos y lugares habilitados para ello.
  • Antes de la reapertura: limpieza y desinfección completa de la instalación.
  • Se utilizarán para llevar a cabo las tareas de limpieza y desinfección desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad. En el uso de ese producto se respetarán las indicaciones de la etiqueta y se usarán los equipos de protección necesarios para evitar contacto con las manos y ojos.

 

  • Limpieza a la finalización de cada turno de:
    • Zonas comunes
    • Zonas o áreas de colocación de mochilas y objetos personales.
    • Pistas exteriores e interiores y el mobiliario de la misma: banquillos, mesas de anotación y cualquier otro que haya sido objeto de uso.
    • Mobiliario compartido después de cada uso
    • Vestuarios, duchas y aseos.
  • Intensificar los servicios de limpieza en:
    • Zonas de alto contacto: recepción, los mostradores, el material de entrenamiento, las máquinas, las barandillas, los pomos, los pulsadores, así como en todos los elementos de uso recurrente.
    • Vestuarios, aseos y zonas de actividad deportiva, estableciendo ciclos periódicos de la misma, especialmente al finalizar y antes del inicio de cada actividad.
  • Limpieza a la finalización de cada jornada: se procederá a la limpieza de la instalación, reduciéndose la permanencia del personal al número mínimo suficiente para la prestación adecuada del servicio, incluyendo:
    • Oficinas: cuando existan puestos de trabajo compartidos por más de un trabajador, se realizará la limpieza y desinfección del puesto tras la finalización de cada uso, con especial atención al mobiliario y otros elementos susceptibles de manipulación.
    • Zonas privadas de trabajadores: las medidas de limpieza se extenderán en su caso a estas zonas, tales como vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso.
  • Ventilación de espacios. Es una tarea fundamental y que debe realizarse siempre y en todo caso. Las instalaciones cerradas que se utilicen, como oficinas o vestuarios deberán ser ventiladas a fin de renovar el aire de su interior, de forma diaria y como mínimo, por espacio mínimo de 10 minutos.

Las canchas, pistas y pabellones cubiertos deberán mantener el sistema de ventilación durante la práctica de la actividad, a fin de permitir la circulación del aire, ya sea con sistemas de puertas o ventanas abiertas, o con los sistemas mecánicos de los que dispongan.

  • Papeleras: la instalación colocará, en número y ubicación estratégica, papeleras con pedal y tapa para que se puedan desechar debidamente los pañuelos y productos de higiene utilizados, limpiándose de forma frecuente y al menos, una vez al día. Se ubicarán siembre y en todo caso:
    • En los accesos.
    • Junto a las estaciones o mesas de higiene a fin de depositar los pañuelos u otro material desechable.
    • En los vestuarios y aseos.
    • En los lugares que sea necesario para garantizar la higiene.

 

  • Retirada de materiales empleados y los equipos de protección utilizados: se desecharán de forma segura, depositándolos en los lugares establecidos al efecto y procediéndose posteriormente al lavado de manos.
  • Ropa de Trabajo (tanto uniformes como ropa de uso en contacto con clientes): se procederá al lavado y desinfección diaria de los mismos de forma mecánica en ciclos de lavado entre 60o y 90o Centígrados.
  • Ascensor/montacargas: su uso se limitará al mínimo imprescindible y se utilizarán preferentemente las escaleras. Cuando sea necesario utilizarlos, la ocupación máxima de los mismos será de una persona, salvo que sea posible garantizar la separación de al menos 1’5 metros, entre ellas, o en aquellos casos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante.
  • PROHIBICIÓN DE FUMAR: en cualquier caso, estará totalmente prohibido fumar en las instalaciones deportivas ya sean al aire libre o cubiertas. Se deberá informar debidamente a la entrada del público y advertir en las normas de la instalación que la infracción será causa de expulsión de la instalación.

 

Medidas específicas para PISTAS CUBIERTAS Y PABELLONES:

  • Limpieza y desinfección del soporte del tablero y colchonetas protectoras que recubran el mismo, con dilución de lejía o similar, usando los materiales de protección necesarios y desechando los mismos en los lugares habilitados.
  • Ventilación de la pista: se llevará a cabo la ventilación de la pista tras cada uso y por un período mínimo de 10 minutos.
  • Limpieza y desinfección de la pista con los medios y mecanismos necesarios después de cada uso.

 

Medidas específicas para VESTUARIOS, DUCHAS, ASEOS y PAPELERAS:

  • Vestuarios y duchas: (en caso de que el protocolo cambie y se puedan utilizar).
    • Ventilación – Puertas abiertas: se realizará a la finalización del uso por el turno correspondiente, tareas de ventilación de al menos 5 minutos de duración. En la medida de lo posible se mantendrán las puertas abiertas para garantizar la circulación del aire.
    • Dispondrá de papelera de tapa y pedal, realizándose la limpieza y desinfección de manera frecuente y al menos, una vez al día.
    • Deberá de intensificarse la limpieza y desinfección del vestuario, a fin de que en cada turno de uso se encuentre ens condiciones óptimas de higiene y salubridad.

 

  • Aseos:
    • Deberá de intensificarse la limpieza y desinfección del vestuario, a fin de que cada turno de uso lo encuentre a su inicio en las condiciones óptimas de higiene y salubridad.
    • Dispondrá de papelera de tapa y pedal, realizándose la limpieza y desinfección de manera frecuente y al menos, una vez al día.
    • Ventilación: si lo posibilita el aseo, se realizarán tareas de ventilación de al menos 5 minutos de duración.
    • Limpieza y desinfección al menos 6 VECES AL DÍA.

 

  • Papeleras y Gestión de residuos:
    • Preferentemente de tapa y pedal. Se dispondrán siempre:
    • Limpieza y desinfección: frecuente (al menos, una vez al día).
    • Gestión de residuos: las instalaciones deberán de disponer de PAPELERA O CONTENEDOR ESPECÍFICO para deposición de los EPIs. Los EPIs usados, tales como mascarillas, guantes, calzas, batas, gorros, etc., se depositarán en papeleras o contenedores habilitados para que los usuarios procedan a la deposición de éstos antes de abandonar la instalación.
    • Responsabilidad personal en desechar los materiales empleados: Cada persona es responsable de depositar sus equipos de protección personal (EPIs) y todo objeto susceptible de haber entrado en contacto con el virus en lugar adecuado, evitando su deposición en papeleras de la vía pública o su abandono en ella.

 

10.2. Cuando no sea posible cumplir una determinada medida por compleja o excesivamente gravosa, el Club o entidad podrá utilizar soluciones y mecanismos alternativos que probadamente cumplan la misma finalidad preventiva y de protección.

 

10.3.- El incumplimiento de las medidas de prevención e higiene en las instalaciones, podrá determinar que no se autorice el desarrollo de los entrenamientos federados o competiciones en las mismas.

 

 

 

 

11. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES

A. DERECHOS DE LOS PARTICIPANTES. Todas las personas relacionadas en este Protocolo y que participen en los entrenamientos y partidos de la competición tendrán los siguientes derechos:

 

  1. A decidir si desea participar en las actividades deportivas de la presente temporada, asumiendo la existencia de un riesgo de contagio, por no poder garantizarse el “riesgo cero”.
  2. A que el Club disponga de un Protocolo que regule la actividad a desarrollar en los entrenamientos y en la competición.
  3. A que el Club adopte las medidas de limpieza, higiene, prevención y protección necesarias para la práctica deportiva.
  4. A ser informados de las medidas de higiene y prevención de los contagios que se adoptarán en la instalación deportiva de su Club, en los entrenamientos y en las competiciones en las que participe.
  5. A ser informados de las incidencias que se produzcan en materia de salud en los entrenamientos y en la competición.
  6. A no participar en un entrenamiento o partido si objetivamente no se puede garantizar su salud y seguridad, sin que sea sancionado por ello.
  7. A recibir en cada caso, y según su grado de responsabilidad, formación en cuanto a las medidas y actuaciones que se llevan a cabo en las instalaciones, entrenamiento y competiciones.

 

B. OBLIGACIONES. Todos los participantes en los entrenamientos y competiciones tendrán que cumplir las siguientes obligaciones:

 

  1. Cumplir con las normas y pautas de higiene y prevención de los contagios por COVID19 que se establezcan el Club, federaciones deportivas, organizadores de eventos en los que se participe o autoridades deportivas y sanitarias para el desarrollo de los entrenamientos y competiciones.
  2. No acudir a los entrenamientos o partidos de competición en caso de tener síntomas compatibles con el COVID19 o cualquier enfermedad que presente una sintomatología similar.
  3. Informar a los responsables del Club y a las autoridades de cuantas incidencias se produzcan en relación a su salud. En el caso de los menores, esta obligación corresponderá a sus progenitores, tutores o representantes legales.
  4. Rellenar verazmente los cuestionarios de evaluación por COVID19 y responder a cuantas cuestiones sean planteadas en relación al mismo, en protección de la salud pública y general de todos.
  5. Facilitar sus datos de contactos y lugares de estancias en los 21 días anteriores a cualquier entrenamiento o partido, para facilitar las tareas de rastreo y localización, al primar la seguridad y el orden público por encima de otras cuestiones.
  6. Someterse a las pruebas que se puedan establecer por las autoridades sanitarias o deportivas en los casos que así se disponga.
  7. Cumplir las cuarentenas o medidas que se puedan establecer en caso de sospecharse o producirse un contagio por COVID19.
  8. Acatar y observar estrictamente las normas de uso de las instalaciones, siguiendo siempre las indicaciones del titular y llevando a cabo las actuaciones de higiene y prevención que se establecen o que se puedan establecer en cada momento.
  9. Atender y cumplir a las instrucciones e indicaciones de los/as entrenadores, monitores/as o responsables en los entrenamientos y competiciones.
  10. Respetar las normas de uso y manipulación de los materiales que se empleen en los entrenamientos y competiciones.
  11. Actuar siempre de forma diligente a fin de evitar actitudes y actuaciones que puedan ocasionar contagios
  12. Cualquier otra que pueda derivar del presente Protocolo o de lo dispuesto por las autoridades que tenga incidencia en los entrenamientos y competiciones.

 

12. PROTOCOLO DE CONTIGENCIAS ANTE PERSONAS CON SÍNTOMAS.

  • Informar al Responsable del Protocolo o responsable sanitario del Club, y seguir instrucciones de la autoridad sanitaria.
    • Notificación a la autoridad sanitaria: 900.400.061 / 955.54.50.60 / 061 – 010.
    • Se facilitará documentación FLP para el rastreo y listados de asistencia de grupo.
    • La comunicación la realizará el responsable del Protocolo
  • Apartar a la persona con posibles síntomas y evitar contacto con otras personas hasta su traslado a su casa o centro sanitario.
    • Permanecerá solo/a, asegurando ventilación del espacio y posterior desinfección.
  • La persona deberá estar disponible en todo momento y a disposición de las autoridades, siguiendo sus instrucciones e indicaciones.
    • Localizar documentación del grupo y contactos (FLP, listados de grupo y asistencia diaria)
    • identificar posibles contactos y facilitar los rastreos.
  • En el supuesto de suspensión de la actividad o cierre de la sede por la Autoridad Sanitaria: se deberá de comunicar a los participantes, organizadores y titulares de la instalación para que adopten medidas oportunas para finalizar las actividades, y adopten medidas de higiene, limpieza y desinfección de las instalaciones.
  • Se realizará un informe por el responsable del protocolo analizando las causas de suspensión.
  • Se informará a la persona afectada de que abandone la actividad, sin poder reanudarla hasta que sea completa su recuperación u obtención de resultado negativo conforme establecen las autoridades.
  • En caso de ser deportista de competición, comunicar a la federación o competición en cuestión, del positivo y que tomen las medidas pertinentes de prevención.

 

 

  1. ANEXOS:

 

  • ANEXO 1. FORMULARIO LOCALIZACIÓN Y ACEPTACIÓN MEDIDAS COVID-19.
  • ANEXO 2. PROTOCOLO PARA PARTIDOS DE COMPETICIÓN FEDERADA

 

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